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Ayudas al alquiler para minimizar el impacto del COVID19

PUBLICACIÓN 14.05.2020 09:33

El plazo de solicitudes termina el 30.09.2020

La Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha ha convocado ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID - 19, tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler, o para hacer frente a la devolución de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo.

Requisitos:

Que los arrendatarios se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida por el COVID -19. Se requiere que concurran conjuntamente los siguientes requisitos:

- Que hayan pasado a estar en situación de desempleo, Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE), o haya reducido su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, o cesado su actividad como autónomo, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos de al menos un 40%, no alcanzando por ello el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud:
Con carácter general, el límite de 3 veces el IPREM mensual que podrá alcanzar el límite de 5 veces el IPREM dependiendo de las características de la unidad familiar.
- Que la renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar

Importe:

- Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda del 100% de la renta mensual, que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente, con un máximo de 650,00 euros de ayuda. Esta cuantía no se minorará en el caso de existir otros titulares del contrato de arrendamiento. Se podrá conceder por un plazo de hasta 6 meses, desde abril a septiembre de 2020.
- En el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020 la ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 3.900 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual.

Lugar de presentación:

De forma telemática a través del formulario incluido en la sede electrónica (https://www.jccm.es) o mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, desde el momento en el que se levanten las restricciones sobre desplazamiento y actuaciones presenciales ante los Oficinas Públicas establecidas en la normativa sobre el Estado de Alarma.

Información Adicional:

La información aparecerá en el apartado de ayudas de la página de vivienda de Castilla- La Mancha, https://vivienda.castillalamancha.es/ayudas-y-subvenciones

Delegaciones Provinciales de la Consejería de Fomento:

ALBACETE: 967 55 81 00
CIUDAD REAL: 926 27 67 40
CUENCA: 969 17 87 00
GUADALAJARA: 949 88 50 00 - 949 88 88 00
TOLEDO: 925 26 70 70

Hay documentos

14.05.2020
Bases ayudas alquiler COViD